sábado, 21 de mayo de 2011

La fundamentación de la Ética en Kant




LO BUENO Y EL DEBER.
Respecto a la valoración moral, Kant nos dice en las primeras líneas de su “Fundamentación de la metafísica de las costumbres” que en general, ni en el mundo, ni tampoco fuera del mundo existe algo “bueno”, como no sea una “buena voluntad”. Con esta afirmación, Kant centra el valor moral en la facultad racional de la voluntad, y no en las inclinaciones humanas ni en sus objetos. 

Según esto, considera a la “felicidad” como un objeto carente de valor moral, puesto que entiende a la felicidad como el conjunto de los fines o inclinaciones de las personas; fines e inclinaciones nacidas de la sensibilidad, no fundadas en la razón. 

Y aunque un individuo no posea las habilidades para conseguir los fines que la razón le manda, no por eso deja de ser “bueno”, en tanto que su interés exista genuinamente en él. El carácter bondadoso es algo que existe al margen de la experiencia, como lo expresa Kant en las siguientes palabras:

La buena voluntad no es buena por lo que efectúe o realice, no es buena por su adecuación para alcanzar algún fin que nos hayamos propuesto; es buena sólo por el querer, es decir, es buena en sí misma.

Esto, sin embargo, no debe entenderse como una renuncia a la acción moral, que debe ser consecuencia de un mandato de la razón en el individuo. Las acciones son necesarias, pero su valor moral no reside en ellas en sí mismas, sino que se establece a través de una decisión del alma a priori, es decir, al margen de toda experiencia. 

Ahora, cabe preguntarse, ¿cómo es posible la existencia de una buena voluntad? Para responder esta cuestión, Kant se propone analizar el concepto del deber. Una buena voluntad actúa siempre por deber y no sólo conforme al deber. La diferencia entre ambas situaciones reside en que la acción conforme al deber posee la apariencia de un valor moral tan sólo por la conducta exterior del sujeto, mientras que en la interioridad de sus motivos puede haber en realidad un impulso o inclinación egoísta que lo empuja a actuar de esa manera. Kant pone el ejemplo del comerciante que no cobra más caro a un comprador inexperto, tan sólo porque cuida de no adquirir mala reputación en un mercado muy competido. La acción de este mercader no posee en sí misma su fin, sino que se actúa con una aparente honradez como un medio para no salir perjudicado económicamente, que es el verdadero fin. Una acción por deber, en cambio, siempre tiene su fin en sí misma.

Otra característica del deber es la siguiente:

[…] una acción hecha por deber –escribe Kant- tiene su valor moral, no en el propósito que por medio de ella se quiere alcanzar, sino en la máxima por la cual ha sido resuelta; no depende, pues, de la realidad del objeto de la acción, sino meramente del principio del querer, según el cual ha sucedido la acción, prescindiendo de todos los objetos de la facultad de desear.

Esto se aplica también a los fines que son establecidos racionalmente. Kant releva a segundo término de la estructura de las acciones morales a los fines, así como a los medios, concediendo primordial importancia a los motivos, que son los principios del querer. Así, una acción será moralmente buena o mala según la naturaleza de esos motivos.

Para Kant, el hombre es un ser racional porque es capaz de actuar de acuerdo con representaciones de la necesidad o leyes que rigen la naturaleza. Y esta capacidad racional no es ajena a la conducta moral: mediante una razón práctica, que no es otra cosa más que la voluntad, el ser humano les da valor moral a sus acciones. La voluntad, o razón práctica, establece los principios del querer auténticamente “bueno”. Y estos principios, como las mismas leyes de la naturaleza, son necesarios y universales. Por esto es que Kant definirá también al deber como “la necesidad de una acción por respeto a la ley”.

EL IMPERATIVO CATEGÓRICO.
El primer principio formal para la conducta humana que Kant encuentra dice: “obra sólo según una máxima tal que puedas querer al mismo tiempo que se torne ley universal”. Esto es lo que se llama un “imperativo categórico”, es decir, la expresión a través de un juicio o enunciado de un mandato de la razón práctica. 

El imperativo categórico se distingue del “imperativo hipotético”, en que este último representa “la necesidad práctica de una acción posible, como medio de conseguir otra cosa que se quiere (o que es posible que se quiera)”, mientras que el imperativo categórico representa la necesidad de una acción por sí misma, sin relación a otra cosa como fin. Los imperativos categóricos tienen un mayor valor puesto que expresan fines últimos, fines fundamentales, que los mismos imperativos hipotéticos deberán tener en cuenta.

Así, pues, para ejemplificar este primer principio formal a priori consideremos el acto de hacer promesas que, de antemano, sabemos que no vamos a cumplir. Esta acción no debe hacerse puesto que no podemos realizarla queriendo al mismo tiempo que se convierta en ley universal, puesto que entonces nadie podría confiar nunca en la palabra del otro, y se tornaría muy problemática la convivencia humana. 

Pero, esta primera formulación del imperativo categórico se halla estrechamente vinculada con otras dos. La característica del imperativo categórico de ser fin en sí mismo nos indica que debe tener su origen en algo también de índole absoluta: la razón. Por tanto, los seres racionales deben ser tratados no como medios, sino como fines. Esto nos proporciona la segunda formulación del imperativo categórico, que según Kant dice:

Obra de tal modo que uses la humanidad, tanto en tu persona como en la persona de cualquier otro, siempre como un fin al mismo tiempo y nunca solamente como un medio.

No es difícil notar que esta formulación del imperativo categórico tampoco es acorde al ejemplo dado hace un momento. En efecto, quien hace una promesa consciente de que no va a cumplirla, tan sólo para obtener un beneficio inmediato de ella, está empleando a la otra persona como un medio para satisfacer su fin egoísta. Estará yendo en contra de un principio de la moralidad. Se dice que esta formulación del imperativo categórico atiende esencialmente al fin del acto moral, que debe ser el hombre; mientras que la anterior formulación sólo tenía en cuenta la regla formal que se debe seguir en la conducta.
  
Por último, derivado de los dos anteriores, tenemos el tercer principio práctico de la voluntad, que consiste en “la idea de la voluntad de todo ser racional como universalmente legisladora”. Es decir, si como se plantea en el segundo principio, los seres racionales deben tenerse como fines y nunca como medios, pero son estos mismos seres racionales quienes fundamentan las reglas universales de la conducta moral, entonces son también legisladores universales de ésta, al mismo tiempo que sus actores. Esto constituye lo que Kant denomina la “autonomía” de la voluntad.

AUTONOMÍA Y LIBERTAD.
La autonomía de la voluntad es la base de la dignidad de la naturaleza humana y de todo ser racional. Esto, dado que Kant define la dignidad como el carácter por el cual se toma a un ser como algo insustituible, como un fin en sí mismo, con un valor inconmensurable respecto a otros seres, aun los de su misma especie. La dignidad es lo que le da un valor único a un ser, impidiendo que sea susceptible de intercambio por otro, como si fuera una cosa. 

En contraposición con el concepto de autonomía se halla el de heteronomía, y consiste en la situación del sujeto moral donde busca fuera de sí la ley de su actuar, y no en su propia voluntad o razón práctica. A la heteronomía pertenecen, por ejemplo, todos los principios que se erigen sobre la base de la búsqueda de la felicidad, o bien de la perfección. En ambos casos, felicidad y perfección son bienes exteriores a la razón práctica del sujeto moral, ya sea en forma de satisfactores sensibles, racionales o espirituales, pero ajenos a una determinación de la propia voluntad.

Por último, otro de los conceptos centrales en la fundamentación de la ética de Kant es el de la libertad:

Voluntad –dice el filósofo alemán- es una especie de causalidad de los seres vivos, en cuanto que son racionales, y libertad sería la propiedad de esta causalidad, por la cual puede ser eficiente, independientemente de extrañas causas que la determinen; así como necesidad natural es la propiedad de la causalidad de todos los seres irracionales de ser determinados a la actividad por el influjo de causas extrañas.

La libertad de la voluntad se halla directamente relacionada con la capacidad de la razón práctica de autodeterminarse, es decir, ser la causalidad que es, producir los efectos o fines que le son inherentes, independientemente de otras causas. Según esto, libertad y autonomía son sinónimos, sólo que nos referimos a la voluntad como mera causalidad, mientras que nos referimos a la autonomía como autolegislación del sujeto moral. 

Pero la eficiencia de la voluntad de autodeterminarse en la libertad también implica el hecho de la capacidad humana de elegir por deber una acción buena, lo cual también implica una constricción del sujeto, es decir, el ser obligado a seguir el mandato del deber en contra de las inclinaciones o necesidades naturales de que no podemos despojarnos.

Fuente:  Podcast Filosofía

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